Laley por la que se rige la instalación de ascensores en comunidades de vecinos es la Ley de Propiedad Horizontal. En el artÃculo 10 de esta ley se determina que la instalación del ascensor es obligatoria y no requiere de acuerdo unánime en la junta, aunque eso sÃ, se necesitará el voto a favor de la mayorÃa de los propietarios.
Larevalorización del local no se ve alterada en nada con la instalación del ascensor. Asà como el uso y la revalorización de las viviendas que integran la comunidad de propietarios será proporcional al uso que cada vivienda dé al ascensor. Pues bien, recientemente se han pronunciado los tribunales españoles esclareciendo las polémicas
Loprimero recomendarle se ponga en manos de un abogado que le estudie y ayude con su caso concreto. Por lo que indica, la terraza parece que no es suya, sino de la comunidad, aunque usted la use. Por lo tanto, en determinados casos, si es posible que tengan derecho a poner el ascensor, aunque hay que estudiar el caso concreto.
Lainstalación de un ascensor en un edificio conlleva un importante desembolso de dinero por parte de los propietarios. En función del espacio disponible y de las dificultades que plantee, la
Lacomunidad de vecinos ha decidido cambiar la cabina del ascensor, y yo quiero, ya que nos metemos en obra, pues hacer que el ascensor llegue también a mi planta. En un principio el vecino de enfrente estaba de acuerdo en hacer llegar el ascensor hasta al ático, pero al pedir presupuestos luego el tÃo se rajó, porque dice que eran muy Ennuestra comunidad queremos poner ascensor el 90% esta de acuerdo y hay dos personas indecisas.Un vecino me comenta que en un edificio se a pagado por alturas los mäs altos 20.000€ y los primeros 1000€ comenta tambien Seesté o no de acuerdo con su colocación, si se aprueba por mayorÃa todos los vecinos deben pagar el coste del ascensor en su cuota correspondiente. Más comodidad y, además, revalorización de la vivienda. Parece que colocar un ascensor solo supone ventajas para los vecinos, pero es, sin embargo, uno de los aspectos que más1- No podrá instalarse ascensor en la Comunidad de propietarios cuando las obras que deban llevarse a cabo afecten de tal manera a la estructura o configuraciónEnmi comunidad hay un vecino que va a proponer instalar un ascensor, me consta que los vecinos demás no van a estar a favor, porque es una comunidad